¿Quién es el titular dominial (propietario) de un inmueble?
El titular dominial de un inmueble, o propietario, es quién cuenta con título de propiedad inscripto ante el Registro de la Propiedad Inmueble. 
¿Cómo puedo consultar quién es el propietario?
Para conocer la titularidad de un inmueble (quién es el dueño) y la existencia de gravámenes, medidas cautelares o restricciones (embargos, hipotecas, etc.) Ud. debe solicitar un informe de dominio ante el Registro de la Propiedad Inmueble. 
¿Porqué es importante el título de propiedad?
El título de propiedad brinda protección jurídica al dueño del inmueble y respalda la legítima posesión del bien. Quién no cuenta con el título de propiedad inscripto no se considera propietario y corre riesgo de recibir el ataque del verdadero titular. 
¿Cómo se transfiere la titularidad de dominio?
Únicamente el propietario puede transmitir la titularidad dominial de un inmueble. Si lo hace a título de venta, para que dicha transmición haga adquirir el dominio del inmueble por parte del comprador, debe efectuarse por título suficiente para transferir el dominio, en el caso, una escritura traslativa de dominio inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble. 
¿Cómo verifico si cuento con título suficiente?
Los boletos de compra venta, cesión de derechos posesorios o cualquier otro instrumento, ya sea privado o pasado a escritura pública, que no reflejen la transferencia de la titularidad dominial por parte del propietario, y se encuentren inscriptos en el Registro de la Propiedad Inmueble, no resultan título suficiente para la adquisión del dominio. 
Si tiene dudas respecto de la documentación que acredita su titularidad, consulte a un abogado.  
Tengo la posesión del bien, ¿cómo sé si es legítima?
La posesión es legítima cuando se recibe de quién tenía derecho a poseer mediante un justo título. 
Por el contrario, será ilegítima, cuando se tenga sin título (usurpación) o por un título ineficaz (simulado o emanado de quién no tenía derecho a poseer o transmitir). 
¿Qué es la usucapión?
La usucapión, también conocida como prescripción adquisitiva, es el modo de adquirir la propiedad de un inmueble por parte de quién posee el bien con ánimo de dueño, en forma pública, pacífica, continua e ininterrumpida durante el plazo de 20 años (prescripción adquisitiva larga) o 10 años (prescripción adquisitiva breve) si además cuenta con justo título y buena fe.